| ACTUACIÓN ANTE UN CADÁVER |
[causas de la muerte], [identificarlo], [conservación], [sepultura], [transporte] La presencia de un cadáver a bordo exige tener presente una serie de normas legales y éticas a tener en cuenta para facilitar los trámites de desembarco del cadáver e investigación del hecho Sin embargo es preciso recordar
que toda actuación debe ser guiada por las pautas de
asistencia de urgencia conocidas, en concreto el soporte
vital básico o avanzado si ello está a nuestro alcance.
Así pues, es vital realizar las prácticas de primeros
auxilios ante la presencia de ausencia de respiración y
funcionamiento cardíaco. Sólo cuando estas hayan
fracasado o sean evidentes los signos de certeza de
muerte nos encontraremos ante el caso de un cadáver.
Si la persona fue seguida en su
enfermedad conviene anotar todo el proceso referente a la
misma como medicamentos administrados, constantes
evaluadas, síntomas que describía el enfermo, etc.
En general, todo cadáver debería intentarse conservar hasta la arribada a puerto, utilizando neveras, calas de frío, hielo, etc, para este fin, siempre siguiendo cuidadosamente una serie de normas para conservación del cadáver. Sin embargo, de no poder hacerlo así y estar obligado a deshacerse del cadáver, antes procederemos a examinar detenidamente el cuerpo con el fin de ayudar a su identificación posterior en Tierra. Ello conlleva: .Desnudar el cadáver y conservar la ropa, documentos y enseres encontrados sobre el difunto, una vez dejados secar y anotados ordenadamente, para examen posterior. .Fotografiarlo , si es posible .Anotar cuidadosamente las
características corporales del difunto: edad aproximada,
estatura (medirla), raza, color de la piel, pelo, barba y
bigote; constitución gruesa o delgado, tatuajes o
cicatrices corporales, presencia de prótesis dentales o
estado de la dentadura; describir todas las heridas que
pudiera tener y las marcas o señales
.Prepararlo para su
conservación, si ello procede. Para ello se lavara y
secará cuidadosamente el cadáver, peinarlo, entrecruzar
las manos una vez extendidas brazos y piernas, atando
muñecas y tobillos; introducir a continuación bolas de
algodón en los orificios naturales de manera profunda,
atando con una venda la base del pene en el caso del
varón para evitar perdidas de líquidos internos.
Finalmente envolverlo en sábanas y colocarlo en un lugar
refrigerado en el interior de una bolsa plástica que se
cerrara de manera hermética.
La sepultura en el mar apenas
tiene hoy en día razón de ser, debiendo, en caso de
realizarse, ceñirse a las normas éticas habituales,
cerciorándose de donde y a qué profundidad se produce
el sepultamiento y de que se evita la flotabilidad de los
restos. Para el transporte de cadáveres entre países miembros del Consejo de Europa, es preciso tener en cuenta el Acuerdo sobre traslado de cadáveres hecho en Estrasburgo el 26 de octubre de 1973 y ratificado por España el 21 de marzo de 1989 (B.O.E 13 de mayo de 1.992). Además, aunque escaso en referencia a las defunciones en la mar, recordar que continua vigente el Decreto 2263/1974, de 20 de julio (B.O.E. 17 de agosto de 1974) que aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, en concreto en el apartado "Practicas de sanidad mortuoria en buques" ( art 24). |